¿QUÉ COSA SON LOS `DERECHOS´?

VAMOS PRIMERO CON LO QUE «NO SON»: de momento, aceptemos que no son una entidad física, como pueda serlo una oreja, un dedo o un páncreas.

LOS `DERECHOS´ ENCIERRAN UN CONCEPTO. Son, digámoslo así, una `herramienta jurídica´. El corpus legislativo «concede» derechos a grupos de individuos, en la seguridad de que ello les garantiza de alguna forma un bien: sus intereses. ¿Qué intereses son esos? Pues algo valioso para ese individuo, como la integridad física o psíquica, por ejemplo; o a la misma vida, sin la cual nada es posible.

¿CREES QUE UN PANADERO O UN PERRO están `interesados´ en disfrutar, e `interesados´ igualmente en no sufrir? Opciones: NO/NO; NO/SÍ; SÍ/NO; SÍ/SÍ. Si has elegido cualquiera que no sea la última, escríbenos con urgencia y haznos saber tus razones. ¡Somos los primeros interesados en conocerlas!

¡TENER DERECHOS es la mar de importante! 

 

 

 

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¿DERECHOS PARA QUIÉNES?

PARA QUIEN PUEDA BENEFICIARSE DE ELLOS. Con toda probabilidad, carece de sentido `conceder´ derechos a una piedra o a una obra pictórica, pues a ellas les da lo mismo permanecer íntegras o ser despedazadas. En tal sentido, y si bien es cierta la prohibición de atentar contra obras de arte, no lo es porque afecte a unos intereses que no tiene, sino porque afecta a los intereses del propietario (en muchos casos la propia sociedad). Por tanto, solo adquiere sentido hablar de «derechos» cuando existe beneficiarios identificables. Hablar de algo como los Derechos de la Naturaleza no deja de ser una metáfora, aunque bien es cierto que una metáfora necesaria, por cuanto su conservación conviene («interesa»)a miles de millones de seres.

POR ESO SON TAN IMPORTANTES los derechos –o una herramienta jurídica de similar eficacia– para los seres humanos. ¡Y para los animales!. Porque persiguen proteger bienes tangibles por el interesado. ¿Verdad que no es tan difícil de comprender la teoría?

 

 

 

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¿IDÉNTICOS DERECHOS PARA TODOS?

¡POR SUPUESTO QUE NO! Tal sugerencia es ridícula, porque no todos somos iguales. El reparto de derechos ha de basarse necesariamente en la proporcionalidad y en el sentido común (de acuerdo, el menos común de los sentidos). Conceder el derecho a voto a un bebé humano resultaría tan absurdo como hacer lo propio con un ornitorrinco. Pero de la misma forma, y por simple correspondencia argumental, parecerá razonable reconocer a ambos el derecho a la integridad física. Mientras no son capaces de “sufrir” los efectos de la primera carencia, sí padecerán sin duda si se viola la segunda. Un bebé humano tiene el mismo interés que un ornitorrinco en que se apliquen en su cuerpo descargas eléctricas: ¡ninguno!

SI TODOS LOS HUMANOS no tenemos de facto los mismos derechos (por razones de edad, nacionalidad estatuto personal), ¿por qué habrían de tener idénticos derechos los animales, o mismamente el conjunto completo? A cada cual sus derechos, ¿no te parece? 

 

 

 

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¿DERECHOS vs. OBLIGACIONES?

NO NECESARIAMENTE. Si bien es cierto –por razonable– que hay realidades unos quedan condicionados por los otros, no siempre sucede. Por ejemplo, el derecho a poseer un determinado producto conlleva haber pagado el precio estipulado: me llevo la barra de pan si abono su coste. ¿Qué tal si llamamos a este «derecho condicionado»? ¡Pero no podemos exigir nada a un recién nacido que no controla sus esfínteres! Aunque se orine encima cada dos horas, estaremos de acuerdo en que el pequeñajo mantiene intacto su derecho a no ser agredido, con absoluta independencia de sus obligaciones (de momento, ninguna, pobre criatura). Sería este un «derecho no condicionado». Sencillo, ¿no?

POR IDÉNTICA RAZÓN podemos y debemos reconocer determinados derechos («no condicionados») a los animales. En su inmensa mayoría (y quizá todos) se trata de seres sintinetes, pero sin una ética reglada y consciente, como sí nos sucede a algunos seres humanos. Subráyese lo de “algunos”, pues parece claro que solo una parte de la comunidad humana es capaz de reconocerse en su moralidad, y de establecer por tanto reglas éticas por razones virtuosas.

 

 

 

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¿QUÉ DERECHOS PARA LOS ANIMALES?

LOS QUE LES BENEFICIAN. Fundamentalmente, dos: a la integridad (física y psíquica) y a la vida. Mejor si denominamos a estos «derechos básicos», por ser comunes a todos los seres sensibles, sean de la especie que sean, además por ser los más preciados por sus propietarios. (En caso de duda, siempre podemos hacer un sondeo rápido entre nuestros allegados).  Los demás serían algo así como «derechos secundarios», precisamente por no ser tan cruciales como sus `hermanos mayores`.

TENGAMOS EN CUENTA que el daño resulta tan “indeseable” para unos como para otros, por lo que al menos –y a falta de las mediciones oportunas– convendrá establecer prohibiciones genéricas, como la agresión gratuita. 

 

 

 

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¿DERECHOS INALIENABLES?

¡PUES CLARO QUE NO! De ahí lo de «gratuita» en el anterior apartado. Por muy lícitos y virtuosos que sean, los derechos suelen incluir límites y condiciones (¿cláusulas?). Mi derecho a la integridad física pasa por que respete ese mismo derecho en los demás. En caso contrario, la autoridad se reserva el “derecho” (precisamente) a coartar mi indebida acción. Al menos sobre el papel, pinta razonable.

LO MISMO SUCEDE cuando de animales se trata. Por lo general, hasta el más convencido entre los animalistas aceptaría causar cierto daño a un animal para evitar males mayores. Entender este punto es fundamental: podría infligirse un daño para evitar otro mayor. Pero, por descontado, siempre habrá que cuidar la proporcionalidad. 

 

 

 

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¡NO HAY DERECHOS PARA TODOS!

¡PUES CLARO QUE LOS HAY! Desde su calidad de `concepto´, los derechos son en teoría ilimitados. ¡Una verdadera suerte para sus beneficiarios! Podemos conceder derechos a quienes no los poseían, y en realidad lo que haremos con ello será un acto de generosidad. Dentro de la comunidad humana, los negros, las mujeres y los niños vieron negados sus derechos de base hasta no hace tanto. ¿Qué sucedió cuando les fueron reconocidos? Pues que sus promotores se convirtieron en mejores personas, y sobre todo que se hizo justicia con aquellos tres grupos de infelices.

NO NOS ENGAÑEMOS. Los derechos no permanecen en una especie de «caja fuerte» esperando ser “repartidos”, de tal manera que cada vez se hacen más escasos. Ni desaparecen en un usuario al activarlos en otro. Cuando los machos humanos entendieron que las hembras también tenían derecho a participar en los sufragios no vieron limitado un ápice su propio derecho a votar. ¿Por qué tendría que ser diferente si reconocemos a los animales ciertos derechos fundamentales? 

 

 

 

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¡SERÁ NUESTRA RUINA!

HAY QUIEN PIENSA que conceder derechos («básicos», se entiende) a los animales supondrá nuestra ruina como civilización. Tal hipótesis suena bastante extraña, pues de hecho ya se los hemos concedido mediante toda esa legislación que prohíbe atentar contra las vidas de algunos de ellos o abandonarlos a su suerte, sin que ello al parecer nos haya afectado. (Otra cosa es que nos incomode llamar a dichas prebendas “derechos”, pero en la práctica lo son). Que políticos y legisladores creen nuevos ámbitos de derechos, y con ello nuevos beneficiarios, es siempre una buena noticia.

DEMASIADA GENTE se escuda en una supuesta “decadencia humana” tras el reconocimiento de derechos básicos a los animales. Mucha de esta gente se equivoca viendo el mundo por un agujero, y otra mucha simplemente pretende continuar con su conciencia tranquila ante la muerte de un toro en la plaza, ante el león enjaulado en el zoológico, ante el plato de carne humeante, ante el perro encadenado.    

 

 

 

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